El confinamiento dispara un 40 % el tráfico de Internet

Juan Ventura Lado Alvela
j. v. lado REDACCIÓN / LA VOZ

SOCIEDAD

Kacper Pempel

El Gobierno puede intervenir las redes de manera limitada, por causas concretas y con la convalidación del Parlamento

20 mar 2020 . Actualizado a las 13:48 h.

El cierre de los centros educativos el miércoles día 11 y particularmente el confinamiento de la población a partir de la declaración del estado de alarma este pasado fin de semana ha disparado el tráfico de Internet hasta un 40 % debido a la crisis del coronavirus. Así lo reflejan los datos de ESpanix, el conocido como «punto neutro» de la red española a través del cual se conectan desde las grandes operadoras hasta pequeños proveedores de servicios digitales, con lo que relaciona las redes de cientos de entidades.

Por poner un ejemplo gráfico todo lo que no es tráfico interno dentro de las redes propias de cada operadora tiene que pasar por este punto, con lo que refleja con bastante exactitud la realidad del uso de Internet en España durante esta crisis.

Así, las gráficas de evolución de datos que se ofrecen cada cinco minutos reflejan las habituales oscilaciones diarias entre las horas valle y las horas punta, pero también algo bastante más significativo: frente a la media habitual de unos 350 gigabits/segundo (Gb/s) en los momentos de mayor uso, en estos días los valores se sitúan por encima de los 700, con máximo registrado de 703,29 Gb/s.

De ahí que las principales operadoras, que habitualmente libran una competencia comercial feroz: Movistar, Orange, Vodafone, Grupo Masmovil y Grupo Euskaltel, al margen de trabajar en un incremento de los recursos para asumir ese volumen de tráfico de datos, han lanzado de manera conjunta una serie de recomendaciones destinadas a evitar el colapso del servicio.

El Gobierno, por su parte, también tiene herramientas en su mano para intervenir en estas redes si fueses necesario. El Real Decreto 463/2020 de 14 de marzo, por el que se declara el estado de alarma, establece respecto a la infraestructuras críticas, entre las que se encuentran las telecomunicaciones, que se «adoptarán las medidas necesarias para asegurar la prestación de los servicios esenciales que les son propios». Y en capítulo segundo del Real Decreto Ley 8/2020 de 17 marzo, en el que se establecen las acciones urgentes y necesarias para hacer frente al impacto económico y social del COVID-19, se profundiza en esas medidas.

El Ejecutivo considera «imprescindible asegurar el mantenimiento de la conectividad y que los servicios de comunicaciones electrónicas se sigan prestando por los operadores, al menos, en las mismas condiciones que en la actualidad», por lo que las operadoras «no podrán suspenderlos o interrumpirlos, aunque conste dicha posibilidad en los contratos de servicios suscritos». Es más, «mientras esté en vigor el estado de alarma, se suspenderán todas las operaciones de portabilidad de numeración fija y móvil que no estén en curso, excepto en casos excepcionales de fuerza mayor.

«Non é un dereito fundamental»

El exministro de Justicia y profesor de Derecho Constitucional Francisco Caamaño explica que el Gobierno debe adoptar «con moitísimo coidado calquera medida que implique a suspensión dun dereito fundamental», con lo que a la hora de intervenir, por ejemplo, las redes de telecomunicaciones, las directrices tienen que ser «proporcionais e non aleatorias, sempre dentro do marco dos decretos ditados».

De ahí que, a su juicio, la consideración de infraestructuras críticas le faculta para intervenir, pero entiende que en la prórroga del estado de alarma, que se da por segura y tendrán que refrendar las Cortes, debería de plantear «de forma clara e inequívoca» estas cuestiones, en las que no profundizan los decretos.

También incide en definir lo que se considera un derecho fundamental «porque ao mellor descargar unha película non o é».

En el mismo sentido, el abogado especializado en derecho de Internet Víctor Salgado, considera que «el Gobierno está habilitado para adoptar cualquier tipo de medida en aras de una única razón que es la emergencia sanitaria». De ahí que, con el mismo argumento de considerarlas infraestructuras críticas, pueda adoptar medidas sobre las redes, pero basadas en el hecho de que estas pueden ser necesarias, por ejemplo, para establecer comunicaciones entre servicios sanitarios.