Currás pidió posponer declaraciones sobre la guardería de Salgueiriños hasta que el TSXG resuelva sobre Prado

Europa Press

SANTIAGO

De Lara denegó la petición y alegó que «no existe causa alguna» para hacerlo ya que los hechos de la pieza de Prado «nada tienen que ver»

30 jul 2014 . Actualizado a las 21:05 h.

El concejal y exalcalde de Santiago, Ángel Currás, presentó un recurso de reforma contra la decisión de la instructora de la operación Pokémon, Pilar de Lara, de citar a declarar como testigo a varias empleadas de la guardería de Salgueiriños hasta que el Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG) se pronunciase sobre la eventual imputación de la exportavoz del PPdeG y diputada, Paula Prado.

En un escrito presentado tras la citación de medio centenar de testigos, entre ellos a personal del centro infantil en el que se investigan supuestos enchufes, Currás pidió que se dejasen sin efecto las declaraciones previstas para el 28 de julio y cualquier diligencia no urgente vinculada con ese expediente. En una providencia dictada el mismo 28 de julio, De Lara rechazó esta petición del exregidor compostelano.

En su escrito, la defensa de Currás incidía en que «el parecer» de la jueza respecto a la existencia de indicios para la imputación de Prado «conlleva de forma implícita el cuestionamiento de su competencia para conocer de los hechos que guarden conexión con los atribuidos a aquella; y de las imputaciones de las demás personas a quien se le atribuya hechos coincidentes y vinculados».

En concreto, se refería a la remisión de una pieza relativa a la diputada al TSXG, órgano competente por su condición de aforada, y esgrime que la elevación de la exposición motivada a un órgano superior supone que «resulte cuestionada, por ella misma, su propia competencia para conocer todo lo referente a dicho expediente».

De hecho, apuntaba que practicar las declaraciones testificales, como finalmente se hizo, o cualquier otra diligencia, supone «hurtar al eventual tribunal competente de practicarlas con la conveniente inmediación, vulnerando así el derecho de las personas imputadas por hechos relacionados con ese expediente (entre los que se encuentra Currás), de su derecho al juez ordinario predeterminado por la ley».

Aunque el contenido de la pieza remitida sobre Prado no ha trascendido, informes de Vigilancia Aduanera incluidos en el sumario que sí se ha abierto de la Pokémon vinculaban a la exportavoz del PPdeG con supuestos enchufes e incluso sugerían que podría haber inflado una factura.

Petición rechazada

Frente a la petición de Currás, en una providencia del 28 de julio, el mismo día en la que estaban citadas las trabajadoras, la jueza admite a trámite el recurso de reforma, al tiempo que advierte que «no ha lugar» a dejar sin efecto el señalamiento previsto, toda vez que dicho recurso carece de «efectos suspensivos». Del mismo modo, añade que «no existe causa alguna» para la suspensión o demora de las declaraciones testificales previstas, cuya validez «no queda en absoluto condicionada» por el hecho de que, ante el TSXG, esté pendiente de resolver sobre la aceptación o no de la exposición motivada referente a Paula Prado.

Y es que la misma, continúa la providencia, «se basa en otros hechos distintos que nada tienen que ver» con la supuesta adjudicación ilícita realizada por el Ayuntamiento de Santiago a la empresa Sermasa de la gestión de la guardería de Salgueiriños ni tampoco con la contratación de trabajadores por otras autoridades, cargos públicos y funcionarios distintos.

Aplazamiento de una declaración de una declaración hasta el 12 de septiembre

Pese a ignorar la petición de Currás y haber cursado como estaban previstas las declaraciones del 28, la providencia de la jueza también hace constar la recepción vía fax de un escrito firmado por una de las citadas, Patricia G.V., solicitando la suspensión de su señalamiento, a lo que accede.

En su lugar, cita a la testigo a prestar declaración el próximo 12 de septiembre a las 9.00 horas. Ordena que dicha citación se materialice a través de Vigilancia Aduanera.