La Justicia madrileña desoye a la europea y falla en contra de hacer fijos a tres interinos

Ana Balseiro
ana balseiro MADRID / LA VOZ

ECONOMÍA

Sede del Tribunal Supremo en Madrid
Sede del Tribunal Supremo en Madrid Emilio Naranjo EFE

Tras la sentencia del TJUE, crecen los fallos contradictorios sobre cómo subsanar el abuso de los trabajadores temporales

16 abr 2024 . Actualizado a las 18:46 h.

Que la Justicia europea fallara el pasado febrero a favor de que se convirtiera en fijos a los trabajadores interinos que llevaban años encadenando contratos temporales en la Administración —en un uso fraudulento de los contratos de duración tasada— no ha aclarado cuál será el futuro laboral para los alrededor de 900.000 trabajadores (unos 57.000 en Galicia) que se encuentran en dicha situación en España. Así lo confirma el hecho de que, pese a que el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) ve en la fijeza una fórmula adecuada para corregir el abuso, distintos tribunales sigan dictando sentencias en sentidos opuestos.

De este modo, mientras que un juzgado de Pontevedra fallaba hace unas semanas que la Xunta debía hacer fijo a un trabajador que fue interino en el servicio de extinción de incendios durante años, poniendo el foco sobre las listas de empleo, este martes se conoció que el Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM) dio carpetazo en sentido contrario a las pretensiones de tres trabajadores que también encadenaron años de contratos temporales en la Comunidad de Madrid y en la UNED. Cabe recordar que fue precisamente el TJSM quien elevó en su día el asunto a la corte de Luxemburgo.

En el caso de una interina de la Agencia Madrileña de Atención Social de la Comunidad de Madrid, que desde 1998 enlazó contratos temporales idénticos, el Pleno de la Sala de lo Social del TSJM estimó parcialmente su pretensión, declarando de carácter indefinida no fija su relación laboral desde noviembre de 2010.

Por contra, desestimó el recurso de otra trabajadora de la Consejería de Presidencia, que pedía ser declarada fija y una indemnización equivalente al despido, después de hacer encadenado 27 años de contratos. También desestimó la pretensión de un trabajador de la UNED, que tenía reconocida la categoría de indefinido no fijo por sentencia, pero que reclamaba ser considerado personal laboral fijo.

Los fallos cuentan con votos particulares de varios magistrados, que sí consideraban que se debía hacer fijos a los trabajadores, en aplicación de la sentencia del TJUE. En cualquier caso, habrá que esperar a que el Supremo siente jurisprudencia, pero el alto tribunal ha anunciado que volverá a preguntar a Luxemburgo.