El Congreso excluye el negocio regulado y la actividad fuera de España del nuevo impuesto a las energéticas

Ana Balseiro
ANA BALSEIRO MADRID / LA VOZ

ECONOMÍA

Chema Moya | EFE

El Gobierno cede y suaviza las condiciones del gravamen

17 nov 2022 . Actualizado a las 19:30 h.

Después de las críticas por vetar masivamente las enmiendas (más de 70) presentadas por los grupos parlamentarios y de que los dos socios del Gobierno diesen marcha atrás en menos de 24 horas, la Comisión de Asuntos Económicos del Congreso aprobó este jueves cambios en el texto de la proposición de ley que regulará los dos nuevos impuestos temporales a la banca y a las empresas energéticas. En concreto, dio luz verde a dos enmiendas transaccionales del PNV y del PDeCAT para excluir del gravamen energético la cifra de negocio que corresponda a las actividades del mercado regulado y para que, además, el impuesto se aplique solo a la actividad que las empresas generen en España.

Esta flexibilización es un balón de oxígeno para las energéticas, muy molestas con la nueva vuelta de tuerca fiscal del Ejecutivo, y que ayer acogieron positivamente esta suavización del gravamen, que va en la línea que el propio sector llevaba semanas reclamando.

De hecho, aunque todas las enmiendas transaccionales que se presentaron al texto normativo fueron aprobadas por la comisión, las referidas de los nacionalistas vascos y los independentistas catalanas no tuvieron ningún voto en contra.

Unanimidad entonces para que el impuesto, con el que el Ejecutivo esperaba recaudar 4.000 millones en dos ejercicios (se aplicaría un gravamen del 1,2 % a la facturación) excluya del importe neto del negocio sobre el que se aplicará la parte que genere el mercado regulado. El texto aprobado hace referencia específicamente al Precio Voluntario para el Pequeño Consumidor (PVPC) de electricidad, la tarifa de último recurso (TUR) de gas, la tradicional bombona de butano y al suministro canalizado. También se refiere a los «ingresos regulados de redes de transporte y distribución de electricidad y gas natural».

Asimismo, explicita que quedan excluidos del impuesto «todos los ingresos de las instalaciones, incluidos los que perciben del mercado y el despacho económico» en caso de que no procedan de actividad que no se realice en territorio no peninsular.

Las eléctricas también se habían mostrado contrarias a que el tributo se aplicase a la facturación en lugar de a los beneficios extraordinarios —como hace Europa—, aunque el Gobierno no ha cedido en este punto, pese a que algunas enmiendas presentadas y no aprobadas (como las del PP) iban en ese sentido.

Otra de las sorpresas de ayer fue que finalmente no se incluyera la enmienda de PSOE y Unidas Podemos de extender a los bancos extranjeros que operan en España la aplicación del impuesto extraordinario a la banca, con el que el fisco estima una recaudación de 3.000 millones en dos años. Dado que, tras salir la ponencia de la comisión, el texto sigue su tramitación en el pleno del Congreso, y de ahí al Senado, este aspecto podría quedar para esa parte final del trámite. La norma deberá aprobarse antes de que finalice el año, para aplicarse el próximo año.

El Gobierno acuerda con Bildu ceder la recaudación al País Vasco y a Navarra

A cambio de su apoyo para aprobar aplicar durante dos años un nuevo impuesto a las empresas energéticas y a la banca, el Gobierno ha acordado con Bildu para cederle a las haciendas forales de País Vasco y Navarra la recaudación de dichos gravámenes que, además se adaptarán a las competencias fiscales de ambos territorios. Así lo anunció en rueda de prensa Oskar Matute, portavoz económico de EH-Bildu en el Congreso. Indicó que la adaptación de estas nuevas figuras tributarias a la gestión de las haciendas forales se hará con la mayor rapidez y siempre antes de tres meses desde la entrada en vigor de la ley. Igualmente, a finales del 2024, cuando expiren, se valorará la conveniencia de convertirlos en permanentes.